Regulación30 de julio de 2026

Todo lo que tu exchange registra sobre ti este año llegará a Hacienda el 30 de septiembre de 2027

Desde el 1 de enero de 2026 los proveedores de servicios de criptoactivos de la UE deben registrar, cliente por cliente, lo que entra y lo que sale, y el 30 de septiembre de 2027 esos datos llegarán por primera vez a la administración tributaria de tu país de residencia. DAC8 armoniza el flujo de información, no el impuesto: el mismo saldo produce resultados completamente distintos en los Países Bajos, Bélgica y Alemania. Lo que documentes ahora determinará tu declaración después.

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Tu exchange registra este año algo que el año pasado no iba a ninguna parte. Desde el 1 de enero de 2026 los proveedores de servicios de criptoactivos de la UE deben anotar, para cada cliente, lo que entra y lo que sale, y esos datos viajan después una vez al año a la administración tributaria del país donde resides. La primera vez que ocurrirá será el 30 de septiembre de 2027. Lo que se envíe entonces ya se está recopilando ahora.

Qué es DAC8 y desde cuándo se aplica

DAC8 es la octava modificación de la directiva europea sobre cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, formalmente la Directiva (UE) 2023/2226. El Consejo la adoptó el 17 de octubre de 2023. Los Estados miembros debían transponerla al derecho nacional a más tardar el 31 de diciembre de 2025, y las normas se aplican desde el 1 de enero de 2026.

La directiva es la aplicación europea del Crypto-Asset Reporting Framework de la OCDE. El mismo acuerdo está por tanto también sobre la mesa fuera de la UE, lo que significa que un exchange establecido fuera de Europa no es una vía de escape estructural; es sobre todo un aplazamiento.

Hay una distinción que conviene tener clara frente a MiCA: DAC8 se apoya en las definiciones de MiCA, pero la obligación de información va más allá. También los proveedores sin autorización MiCA pueden quedar sujetos a ella como Reporting Crypto-Asset Service Provider cuando atienden a clientes en la UE. MiCA regula quién puede operar; DAC8 regula quién informa.

Qué datos se transmiten exactamente

Hay dos capas. La primera es la identificación: datos del propio proveedor y tuyos como cliente, incluidos el país de residencia y el número de identificación fiscal. La segunda capa son los datos de transacciones: importes agregados y valores de mercado por tipo de criptoactivo, sobre compras, ventas, transferencias y pagos.

El ámbito está trazado con amplitud. La información cubre criptoactivos descentralizados, stablecoins, e-money tokens y determinados NFT. Además, DAC8 extiende el intercambio de información a los ingresos por dividendos que no pasan por un depositario y a las resoluciones anticipadas transfronterizas para particulares con un valor superior a 1,5 millones de euros.

Lo que no incluye es igual de relevante: no se calcula ningún impuesto ni se adjunta ninguna valoración. La directiva entrega a tu administración tributaria un conjunto de datos, no una liquidación. Lo que se haga con ellos depende por completo del sistema nacional.

La fecha que cuenta: 30 de septiembre de 2027

El primer año de declaración es 2026. El intercambio entre administraciones tributarias debe producirse dentro de los nueve meses siguientes al cierre de ese año, es decir, a más tardar el 30 de septiembre de 2027.

Esos veinte meses intermedios son precisamente el problema práctico. Los datos de tu operativa de hoy llegarán a tu administración tributaria bastante más de un año después, mientras que en ese intervalo tal vez ya hayas presentado una declaración, cambiado de plataforma o visto cerrar un exchange. Quien no lleve su propio registro tendrá que reconstruirlo desde una plataforma que quizá ya no exista. Este año han cesado o cerrado ya tres exchanges; eso convierte tu propia copia en algo que no es un lujo.

El mismo saldo, tres facturas fiscales distintas

DAC8 armoniza el flujo de información, no el impuesto. La misma cartera produce por tanto resultados completamente distintos según dónde vivas.

En los Países Bajos los criptoactivos entran en la box 3, en la categoría de otros bienes. Para 2026 se aplica ahí un rendimiento a tanto alzado del 6,00 %, a un tipo del 36 %. El mínimo exento es de 59.357 euros por persona, o de 118.714 euros para parejas fiscales. Los depósitos bancarios tienen otro porcentaje, provisional, del 1,28 %, y las deudas del 2,70 %. Que hayas obtenido realmente una ganancia no cuenta formalmente en este sistema; el valor en la fecha de referencia sí.

En Bélgica se aplica desde el 1 de enero de 2026 un impuesto del 10 % sobre las plusvalías de activos financieros, con una exención anual de 10.000 euros. Esa exención se aplica por primera vez en el ejercicio de imposición 2027, correspondiente al año de ingresos 2026. Las plusvalías acumuladas hasta el 31 de diciembre de 2025 inclusive siguen exentas, pero solo si puedes documentarlas; la valoración a 31 de diciembre de 2025 es la referencia. Los CASP autorizados por la FSMA declaraban todavía cero retención a 3 de julio de 2026, lo que sobre todo indica que la aplicación práctica aún tiene que arrancar.

En Alemania funciona de otra manera. Quien mantiene un criptoactivo más de doce meses no paga nada por la ganancia. Dentro de ese plazo la ganancia tributa de forma progresiva entre el 0 y el 45 %, con una Freigrenze de hasta 999,99 euros al año; por encima de esa cifra tributa la ganancia entera, no solo el exceso. La declaración de 2025 debía presentarse a más tardar el 31 de julio de 2026.

Esto es información general y no asesoramiento fiscal. Los tipos, las exenciones y las fechas de referencia difieren según el país y cambian con regularidad; haz que tu situación la valore alguien que vea tu expediente completo.

Por qué esto favorece a los exchanges autorizados

Para una plataforma, DAC8 es una carga administrativa que ya no desaparece: identificación de clientes, números fiscales, valores agregados por activo y una entrega anual. Las plataformas que ya construyeron una función de cumplimiento por MiCA pueden montar esa carga sobre procesos existentes. Las plataformas sin autorización tienen que construirla desde cero, para un mercado al que formalmente no pueden servir de forma activa.

Eso explica parte de la consolidación que se ve este año. El coste de una base de clientes europea sube mientras los ingresos que genera no lo hacen. Para ti como usuario hay una consecuencia práctica: una plataforma autorizada entrega con más frecuencia un resumen anual utilizable, simplemente porque tiene que reunir esos datos de todos modos.

Qué significa esto para ti

Empieza por tu propio registro, y empieza por 2026, porque ese es el año que se comunica. Exporta cada trimestre tu historial de transacciones de cada plataforma que utilices, y guarda esos archivos fuera de la plataforma. Una exportación que hagas ahora cuesta diez minutos; la misma exportación a posteriori en un exchange cerrado puede costarte la prueba.

Comprueba además que tu país de residencia y tu número fiscal figuran correctamente en tu exchange. Un país equivocado significa que tus datos aterrizan en la administración tributaria equivocada, y eso exige más explicaciones que corregir un campo. Si vives en Bélgica, deja constancia expresa de tu valoración a 31 de diciembre de 2025; esa fecha determinará qué parte de tu ganancia queda exenta.

Y mantén la distinción nítida: DAC8 no cambia lo que debes, solo lo que tu administración tributaria puede ver. Hasta ahora esas dos cosas no coincidían. A partir de la declaración de 2026, sí.

Fuentes: Directiva (UE) 2023/2226, Comisión Europea, CARF de la OCDE, Belastingdienst, SPF Finanzas, Bundesministerium der Finanzen. Última comprobación: 30 de julio de 2026.

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